RUBEN
CONTRERAS
Historiador
LA GENESIS DE LA URBANIZACION LA LLANADA, EN CARABALLEDA
El 16 de
febrero de 1987, el ciudadano Rodolfo Reverón Branger,
representante de Inversiones La Llanada Baja, C.A., firma mercantil inscrita en
el Registro Mercantil de la Circunscripción Judicial del Distrito Federal y estado
Miranda, bajo el N. 13, Tomo 37-A Sgdo; propietaria de tres lotes de terreno
que formaban parte de La Granja La Llanada, ubicada en el Sector de Camurí
Chico, Parroquia Caraballeda, del Municipio Vargas, refiere que su representada
decidió urbanizar dichos lotes de terrenos y que dicho inmueble sea destinado a
ser enajenado por parcelas, para lo cual se crea el Documento de Parcelamiento
que regirá La Urbanización La Llanada.
Dicha Urbanización tiene los siguientes límites:
Por el Norte con el Mar Caribe, por el Sur con El Parque
Nacional El Ávila, por el Este con La Avenida San Remo de La Urbanización El
Palmar y La Hacienda Pino y por el Oeste con el Eje de del Rio Camurí Chico y
La Sociedad Civil Pía Unión Benéfica.
La Urbanización La Llanada consta de acuerdo al documento de Parcelamiento de 34 parcelas,
en 45 hectáreas, ubicadas en las siguientes áreas:
Parcela Sector A Playa
21.281,00 Mts2.
Plazas
6.549,64 Mts2.
Parcelas Sector A 38.457,19
Mts2.
Parcelas Sector B
55.713,30 Mts2.
Parcelas Educacionales Básica,
Educacional Infantil E1 y E2 8.655,07 Mts2.
Parcela D1
8.557,63 Mts2.
Ampliación Avenida Intercomunal del Litoral 13.025,50 Mts2.
Vialidad Interna de La Urbanización 42.500,00 Mts2.
Parques Sur, Este y Oeste
93.060,28 Mts2.
Zona Verde de La Urbanización
6.769,99 Mts2.
Playas y Boulevard Peatonal 23.990,00 Mts2.
Parque Nacional El Ávila
141.000,00 Mts2.
Tal como se refleja en el documento del parcelamiento,
todas las parcelas fueron destinadas para el uso Multifamiliar Recreacional, Educacional
Básica y Educacional Infantil, Deportiva
y Parques que serían cuatro, Vialidad Interna y Externa, Playas y Bulevares
Peatonales.
Es menester precisar, que producto de la negociación
efectuada para vender los diversos lotes de la Urbanización La Llanada y
hacerla atractiva ante los compradores de las Parcelas Multifamiliares, se tuvo
que llegar a un acuerdo con el Concejo Municipal del Distrito Federal y se le
cedió a la municipalidad gratuitamente varios lotes de terreno denominados E1, Kínder
E2, Plaza Kínder, Parcela D1, Parque
Oeste N.1, Parque Oeste N.2, Parque Este, Parque Sur, Plaza Playa Central, Plaza Playa Oeste, Boulevard Peatonal, tal como se videncia en
el documento reconocido el 04-11-1987, con sus respectivos planos, el cual fue firmado por Don Carlos González, quien a
para ese momento se desempeñaba como Presidente de La Junta Administradora del
Municipio Vargas, con la finalidad que la municipalidad construyese los servicios correspondientes.
La tradición Legal de los terrenos de La Urbanización La
Llanada están señalados en dicho documento a partir de 1944, cuando el Sr.
Carlos H. Reverón, protocoliza el documento de venta al Dr. Armando Márquez Reverón, N. 76, de acuerdo al folio 126, Protocolo 1,
del 11 de febrero de 1944, a lo cual le sigue una relación cronológica de
compra y venta de los terrenos que comprenden dicho sector en los años
subsiguientes de 1948, 1949, 1950, 1952,
1953, 1954, 1958, 1960 1962, 1963, 1970, 1972, 1976, 1977, 1986, 1987, mediante
25 operaciones mercantiles, lo que nos pudiera señalar o indicar que dicha
urbanización tiene una tradición legal ajustada a derecho en cuanto a
transacciones en el mercado
inmobiliario.
Dicho Documento de parcelamiento fue aceptado tal como
fue presentado y se procedió a la venta de las parcelas de La Urbanización La
Llanada y su construcción se inició de acuerdo a los permisos expedidos por la
Oficina Metropolitana de Planeamiento Urbano (OMPU), por el
Concejo Municipal del Distrito Federal y por la Dirección de Obras
Municipales del Municipio Urbano. Pero es menester destacar que, Edgardo Zinng Reverón
y Rodolfo Reverón Branger, habían realizado la solicitud y presentación del
Proyecto para crear La Urbanización La Llanada, ante el Concejo Municipal del
Distrito Federal, quien lo remitió al
OMPU y este organismo en su informe técnico N. 1175, de fecha 30 de julio de
1986 aprobó el proyecto de creación de dicha urbanización, y nuevamente lo remitió
al Concejo Municipal del Distrito Federal, quien sancionó y aprobó dicho
proyecto el 23 de marzo de 1987.
Sucintamente hemos
expresado y reseñado esta crónica, de acuerdo a la revisión del
Documento señalado, el cual fue notariado en la Notaria Pública Decima Cuarta del Distrito Sucre, ubicada en
La Castellana del estado Miranda, redactado por el abogado
Rodolfo Reverón Branger, Inpre N. 3.803, el 6 de noviembre de 1987, inserto en
el libro de reconocimiento de dicha notaria bajo el N. 19, Tomo 1. E igualmente
presentado ante la oficina subalterna del Primer Circuito de Registro del
Municipio Vargas del Distrito Federal el 9 de noviembre de 1987, en el cual
quedo registrado bajo el N. 17, del Protocolo 1, Tomo 14.
Luego al constituirse la Urbanización La Llanada y ante
la necesidad de regular el ordenamiento y
la prestación de los Servicios Básicos para la misma, los propietarios
de las 27 parcelas que integran la parte alta del sector Camurí Alto, de dicha
urbanización, se convocaron a objeto de constituir una Asociación Civil que los
agrupara, razón por la cual el 26 de agosto de 1996, se constituyó la Primera Junta Directiva de la Asociación
Civil Camurí Alto, la cual quedó integrada por las siguientes personas:
Fernando Zubiaga
Presidente
Rodolfo Reverón Branger
Vicepresidente
Marcos Gamallo, Julio Du Bois, Edgardo Zinng Reverón Vocales
Manuel David Lago González y Jesús Nucete Pérez “
Dicha Asociación fue registrada en la Notaria Publica
Primera del Municipio Sucre, en Bello Campo del estado Miranda, bajo el N. 20,
tomo 124 de los libros respectivos de Autenticaciones llevados por ese
Despacho, para luego ser presentada en La Oficina Subalterna del primer Circuito
de Registro del Municipio Vargas del Distrito Federal, ubicada en La Guayra, el
30 de agosto de 1996, bajo el N. 39, del Protocolo 1, Tomo 11.
Con la creación de
La Asociación Civil Camurí Alto se produjo la delimitación entre la parte alta
y baja de los límites iniciales de dicha urbanización, debido a que los
conjuntos residenciales integrados en ella, tienen como límite norte la vía
intercomunal que esta por la parte sur
de las residencias construidas en la parte baja.
Debo señalar que la realización de esta breve reseña
histórica que nos refiere la constitución de La Urbanización La Llanada, así
como también la creación de la Asociación Civil, es producto de las
circunstancias de haberse creado El Consejo Comunal de dicha Urbanización y se
requiere de la misma para la presentación de los proyectos que tiene dicho
Consejo Comunal. Pero quiero hacer un
reconocimiento a quienes antecedieron a la actual Asociación Civil constituida
el 28 de febrero del presente año,
e igualmente a otros residentes quienes
me propusieron el buscar la fecha referencial inicial de nuestra urbanización,
destacando entre otros, a los señores José
Luis Santana y Henry González, quienes me entregaron los documentos de ambas
creaciones para su investigación y redacción, la cual espero sea propicia y de
provecho para quienes vivimos en esta.
Hoy a 28 años de haberse creado la Urbanización La
Llanada, del 23 de marzo de 1987 y a 19 años de haberse constituido la primera
Asociación Civil Camurí Alto, el 26 de agosto de 1996, consideramos que nuestra
urbanización es un espacio para la vida, para el disfrute y el solaz, el cual
consta de 18 Conjuntos residenciales con aproximadamente unos 1400
apartamentos, integrando una comunidad
polifacética, multiétnica y pluricultural, la cual requiere que todos pongamos
nuestro granito de arena para hacerla más agradable y en la que todos nos podamos reencontrar como ciudadanos de
iguales, que ansiamos disfrutar de sus espacios con las cualidades y bondades
de la misma..
Comentarios
Publicar un comentario